La cotización de este tipo de trabajadoras depende de sus salarios mensuales
Las trabajadoras del hogar forman parte de un régimen especial
dentro del Régimen General y, consecuentemente, están sujetas a unas
normas ligeramente diferentes a las de otros trabajadores. Este hecho
convierte a las más de 375.000 trabajadoras del hogar (según los últimos datos
del Ministerio de Trabajo y Economía Social) en un colectivo que necesita
unos cuidados y precauciones especiales.
Por ello, la Seguridad Social se ha puesto el objetivo de ofrecer toda la información posible para llegar a lograr un perfecto conocimiento de la normativa y alertar a los empleadores del marco legal que deben seguir para no salirse de la ley.
Entre la información que ofrece la Seguridad Social, se destaca la que
tiene que ver con las bases de cotización de las empleadas del hogar. En
este sentido, el factor clave es la base de cotización sobre la que se asientan
las cuotas a la SS. Como no podía ser de otra forma, las bases de cotización
también son diferentes de las del resto de colectivos de trabajadores.
Así, tal y como indica la Seguridad Social, las bases se caracterizan
por depender de la remuneración mensual de la trabajadora.
La Ley General de la Seguridad Social determina en su disposición transitoria decimosexta que “las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales se determinarán con arreglo a la escala, en función de la retribución percibida por los empleados del hogar, prevista anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado”.
De esta forma, para 2022, las bases de cotización son las siguientes:
Dependiendo de la base de cotización escogida, se aplicarán las
equivalentes cuotas a la Seguridad Social.
En el caso
de este colectivo de trabajadores, solo cotizan por contingencias comunes y
contingencias profesionales, con una cuota de 28,3 %
(4,7% de la empleada y 23,6% del empleador), y de 1,5% (abonado de forma
íntegra por el empleador) respectivamente, para un 29,8% total.
En los próximos meses este colectivo seguramente vea un cambio en sus cotizaciones a la Seguridad Social, ya que este colectivo deberá cotizar también por desempleo, como la resta de trabajadores.
Resumen de los últimos datos de trabajadores del Ministerio de Trabajo y Economía Social
FUENTE ADADE CENTRAL