La falta de liquidez para llevar a cabo la aceptación y las discrepancias acerca de la legítima son algunas de las disputas más habituales
En el marco de la aceptación y partición de una herencia, el día a día de una oficina notarial nos muestra como, en la práctica, pueden ser muchos y variados los conflictos que se pueden producir. Así las cosas, a continuación, repasamos algunas de las disputas más habituales en este campo:
La legítima y los herederos forzosos
En primer lugar, es muy importante comprender que la normativa sucesoria establece una serie de limitaciones a la libertad de testar, la más conocida de las cuales es la legítima. Esto supone que el testador, cuando otorga su testamento, debe respetar los derechos de los herederos forzosos. Así pues, si una persona soltera, en su testamento, ha instituido como heredero universal a su mejor amigo, pero asimismo tuviere un hijo, aunque no se hubiere dicho nada al respecto en el testamento, este hijo tendrá derecho a la legítima. Esta situación, en la práctica, suele generar ciertos conflictos y confusión entre las partes.
Asimismo, es necesario tener en cuenta que, a pesar de existir estos derechos a favor de los llamados herederos forzosos, la ley reconoce un conjunto de causas de desheredación, que permiten al testador, si así lo dispone en su testamento de forma expresa, privar al legitimario de su carácter. Entre las múltiples causas de desheredación destacan, por ejemplo, el haber negado sin motivo legítimo alimentos al padre que deshereda, o haberlo maltratado de obra o injuriado gravemente. Estos casos también pueden llevar a conflicto en la práctica, pues el desheredado, en muchas ocasiones tratará de impugnar judicialmente esta desheredación.
Falta de liquidez para aceptar la herencia
En la práctica también suele ser habitual las problemáticas de las herencias vinculadas a la falta de liquidez con la que afrontar los gastos de aceptación y tramitación de la herencia (gastos de notaría, Registro, etc.), además de todos los impuestos derivados. En estos casos, si los herederos no disponen de fondos propios para afrontar estos gastos, será necesario solicitar financiación para afrontarlos, con los problemas y dificultades que ello puede suponer.
Herencias con deudas o pasivo
Asimismo, otra situación compleja que se puede generar en la práctica son aquellas herencias en las que existen deudas o pasivos, de modo que el heredero no tiene claro si lo más conveniente para sus intereses es aceptar o rechazar la misma.
En estos casos, la ley, como solución, nos ofrece la figura de la aceptación de herencia a beneficio de inventario, mediante la cual, el heredero podrá aceptar la herencia limitando la responsabilidad de su patrimonio sobre las deudas de la herencia, de tal modo que estas solo podrán ser satisfechas con los bienes de la herencia, pero no con los propios del heredero.
Tramitación inmediata con múltiples herederos
Adicionalmente, también puede suceder que, ante una herencia con múltiples herederos, uno o alguno de ellos quieran tramitar la herencia de inmediato, mientras que otro u otros no se manifiesten al respecto. En tal caso, para evitar esta parálisis, la ley, como solución, ofrece la figura de la interpellatio in iure, mediante la cual se puede conseguir que un heredero manifieste su decisión de aceptar o repudiar una herencia, desencallando así la situación.
Por último, indicar que en la práctica también suelen generar problemas aquellas herencias en las que existen diversos herederos y el causante no ha distribuido de forma expresa el conjunto de bienes de la herencia para cada heredero. En tal caso, como solución al respecto se puede optar por, mediante un acuerdo de mediación entre las partes, conformar lotes de bienes del mismo valor y asignarlos a cada heredero. Incluso, en ocasiones, recurriendo a un sorteo para asignar los mismos a cada heredero.
FUENTE: LA VANGUARDIA