El organismo deja sin efecto uno de los últimos cambios tras la pandemia.
La normalidad vuelve a las fechas de cobro de las prestaciones por desempleo.
Su pago se había anticipado para facilitar la liquidez de sus beneficiarios.
La pandemia de coronavirus trajo consigo numerosos cambios en materia de prestaciones por desempleo que, a medida que ido descendiendo su nivel de gravedad, se han ido deshaciendo. Uno de los últimos aún mantenidos se verá eliminado este mes de mayo, más de dos años después desde el inicio de la pandemia.
Se trata de la fecha de pago de las prestaciones del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), que volverán a abonarse entre los días 10 y 15 de cada mes. Esto afectará a las prestaciones como el paro, los diferentes subsidios por desempleo o la Renta Activa de Inserción (RAI).
Así lo ha explicado Fernando Maján, asesor de la subdirección general de Prestaciones del SEPE, en el programa radiofónico 'Madrid Trabaja', de Onda Madrid. El experto ha explicado que "volvemos a la situación normal del pago de prestaciones, en torno al día 10 del mes. Hasta ahora se ha estado adelantando en torno al día 2 o 3 para intentar pagar lo antes posible, pero volvemos a la situación normal".
El propio SEPE ya informó hace varias semanas en su página web de que la fecha de pago de las prestaciones por desempleo volvía a su estado habitual, es decir, "del día 10 al 15 de cada mes". El organismo insistía en que "en circunstancias habituales el pago de las prestaciones se produce el día 10 o, si es festivo, el siguiente día hábil de cada mes".
¿Por qué se cambió la fecha de pago de las prestaciones del SEPE?
Esto vendría a revertir el acuerdo que, a principios de pandemia (en el mes de mayo), el SEPE firmó con la CECA, la Asociación Española de Banca (AEB) y la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (UNAC) para consensuar el adelanto de las prestaciones reconocidas por el SEPE antes del día 7 de cada mes.
El objetivo de esta medida, tal y como explicó el SEPE en su página web, "mejorar la liquidez de las personas beneficiarias de las prestaciones o subsidios por desempleo gestionados por el SEPE, cuando por razón del volumen de solicitudes presentadas a causa del COVID-19 y los plazos existentes para el abono de la nómina de prestaciones hagan importante facilitar y anticipar la liquidez de las prestaciones de las personas afectadas".
Las personas beneficiarias fueron todas aquellas que generaron una prestación por desempleo a partir del 1 de mayo de 2020, con efectos a partir del 14 de marzo, fecha en la que comenzó el Estado de Alarma. La vigencia inicial de esta medida fue de tres meses, pero en los convenios firmados se estableció la prórroga por iguales periodos de tres meses.
El resto de cambios revertidos por el SEPE
El adelanto del pago de las prestaciones ha sido la última medida en ser revocada, pero junto a ella se aprobaron diferentes decisiones del SEPE basadas en la situación epidemiológica del país que fueron retirándose posteriormente.
Fue el caso de la renovación automática de la demanda de empleo, que se implantó ante la imposibilidad de acudir a las oficinas del SEPE y que recuperó la normalidad en verano de 2021, así como la anulación de las Búsquedas Activas de Empleo (BAE) como requisito para cobrar el subsidio extraordinario por desempleo o la Renta Activa de Inserción, que se recuperó en el mes de junio de ese 2021.
FUENTE: EL ECONOMISTA