El anteproyecto de Ley de Empleo aprobado por el Consejo de Ministros en primera vuelta contempla la transformación del SEPE en Agencia Española de Empleo
Las normas avanzan en la transformación de las políticas de Empleo para adaptarlas a las necesidades de las personas trabajadoras, incidiendo en la atención individualizada y en la evaluación de resultados. Para alcanzar este objetivo, el Servicio Público de Empleo Estatal afrontará una profunda transformación.
Además de atender las necesidades de los y las demandantes de empleo, con especial atención a los colectivos considerados prioritarios, los servicios de empleo público ejercerán un papel clave en el acompañamiento en los procesos de recualificaciónde las personas trabajadoras durante toda su vida laboral.
El Anteproyecto tiene como objetivo responder a las necesidades del mercado laboral y combatir sus debilidades estructurales como el desempleo o el paro juvenil. Además, apuesta por aumentar la eficacia de las políticas activas de empleo para orientarlas, definitivamente, a acompañar las transformaciones que requiere el cambio de modelo económico.
El Sistema Estatal de Empleo, que estará integrado por representantes del Gobierno, de las comunidades autónomas y de los agentes sociales, compartirá con la Conferencia Estatal de Empleo y Asuntos Laborales la gobernanza del Sistema Estatal de Empleo.
Aumenta la capilaridad de las Políticas Activas de Empleo impulsando junto con las comunidades autónomas, el papel activo de las entidades locales para ganar en inmediatez y proximidad y lograr un nivel óptimo de implantación en todo el territorio.
La norma también consagra el principio de no discriminación para el acceso y el mantenimiento del empleo.
Se plantea la conversión del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en agencia estatal y que todas las instituciones implicadas en las políticas de empleo se doten de unos recursos humanos suficientes y que tengan una formación especializada adecuada a los servicios que prestan.
Los servicios garantizados se plasman en el máximo nivel normativo. La futura agencia estatal, los servicios de las comunidades autónomas y los servicios públicos de empleo deberán ofrecer una cartera básica de servicios en materia de orientación, formación, intermediación y asesoramiento para el empleo.
Las empresas comunicarán las vacantes a los servicios de empleo. Se trata de un ejercicio de transparencia que permitirá mejorar el acceso al empleo y, además, hacer un seguimiento efectivo de las necesidades del mercado de trabajo.
Un profesional tutor, debidamente cualificado, prestará a las personas demandantes de empleo una atención individualizada en todo el itinerario formativo y profesional que se haya diseñado para mejorar su empleabilidad.
La Ley de Empleo recoge una nueva figura: los Acuerdos y Recomendaciones Específicas para el Fomento del Empleo Digno que se formularán por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos laborales.
Se crea, además, la Oficina del Análisis del Empleo para fomentar la investigación, el estudio y el asesoramiento en materias relativas a las políticas de empleo y la elaboración, publicación y divulgación de documentos en torno al empleo y la ocupación que puedan resultar útiles al Sistema Estatal de Empleo. Se integra en el sistema de manera real el análisis de datos a través de la inteligencia artificial y el tratamiento de Big Data También se encargará de desarrollar actividades de formación dirigidas a empleados públicos.
La regulación del Sistema Público Integrado de Información de los Servicios de Empleo recogerá cuestiones tales como los criterios de orientación, las referencias al tratamiento de datos o la toma de decisiones en base al análisis de datos y de las evidencias estadísticas.
Los y las demandantes de empleo contarán con instrumentos para mejorar su empleabilidad y desarrollar un itinerario personalizado que les haya sido propuesto. Al mismo tiempo, se establece el compromiso de actividad de los sistemas públicos de empleo.
El Sistema Estatal de Empleo contará con una metodología basada en la establecida por la Comisión Europea para evaluar sus procesos y el grado de desempeño de los diferentes servicios públicos de empleo cuya cartera de servicios será objeto de seguimiento y control para evaluar su impacto real en el mercado de trabajo. Se rediseña, por tanto, la gobernanza del sistema con un método abierto de coordinación.
En cuanto a las Políticas Activas de Empleo se incorporan tres tasas, la de empleabilidad, la de intermediación y la de cobertura para monitorizar los parámetros de incorporación de las personas al mercado laboral; el impacto y la promoción del nivel laboral y formativo y también el grado de protección frente al desempleo.
La nueva Ley de Empleo amplía la lista de colectivos de atención prioritaria para las políticas de empleo en la que, además de jóvenes, parados de larga duración o mayores de 45 años, entre otros, añade a personas con capacidad intelectual límite, personas que sufren trastornos del espectro autista, migrantes, beneficiarias y beneficiarios de protección internacional, mujeres víctimas de violencia de género, personas que pertenecen a minorías étnicas o personas trabajadoras que provienen de sectores en reestructuración.
Enlace al SEPE:
FUENTE ADADE CENTRAL