El BOE de 23 de diciembre de 2022 publica la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, por la que se estable la inhabilidad procesal del período navideño que media entre los días 24 de diciembre y 6 de enero de cada año judicial.
La publicación en el BOE ha sido inmediata, por lo que la referida inhabilidad ha entrado en vigor a fecha de 23 de diciembre de 2022.
El objetivo y finalidad de todo ello es compatibilizar los principios de seguridad jurídica, el derecho de defensa y los derechos de los y las profesionales del sector.
Concretamente, las modificaciones recaen sobre el derecho de estos profesionales al descanso y a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el período navideño. Así, las modificaciones en los artículos son las siguientes:
a) Artículo 182.1 de la LOPJ
«1. Son inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva Comunidad Autónoma o localidad.
El Consejo General del Poder Judicial, mediante reglamento, podrá habilitar estos días a efectos de actuaciones judiciales en aquellos casos no previstos expresamente por las leyes».
b) Artículo 183 de la LOPJ
«Serán inhábiles los días del mes de agosto, así como todos los días desde el 24 de diciembre hasta el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive, para todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales. No obstante, el Consejo General del Poder Judicial, mediante reglamento, podrá habilitarlos a efectos de otras actuaciones».
Enlace a la disposición del BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/23/pdfs/BOE-A-2022-21800.pdf
FUENTE ADADE CENTRAL