Se deberá presentar a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria
La declaración tributaria del Impuesto de Sociedades y el Impuesto de la Renta de no residentes, esto es, el modelo 202 se debe presentar telemáticamente durante los primeros 20 días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre de cada año.
La presentación del modelo 202 se realizará a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, se puede acceder a esta página a través de cualquier navegador web, ya sea Internet Explorer, Microsoft Edge, Google Chrome, Mozilla Firefox o Safari.
Una vez se acceda a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, se tendrá que seleccionar el modelo 202 y hacer clic en la opción ‘Presentación ejercicio 2018 (solo 2P y 3P) y siguientes’. A continuación, aparecerá una pantalla en la que se dará la opción a importar un fichero generado con el formulario o con un programa ajeno a la AEAT. Si se dispone de él, se puede importar, mientras que, si no, habrá que rellenar manualmente toda la información.
Validar la información
Entre la información que se deberá completar destacan los de identificación, devengo y otros datos relativos a la liquidación, en función de la modalidad del cálculo del pago fraccionado. También se tendrá que indicar el "C.N.A.E. actividad principal" pulsando el botón con los puntos suspensivos y se deberá seleccionar la fecha de inicio del periodo impositivo. Todos estos datos identificativos no podrán modificarse en la declaración, por lo que es importante comprobar que son correctos.
En la parte inferior de la declaración, aparece el botón ‘Guardar’ para ir guardando toda la información que se ha completado en los servidores de la Agencia Tributaria.
Además, en esa misma sección aparece el botón ‘Validar declaración’ para comprobar si existen avisos o errores en la declaración. Si los hubiera, se deberá acudir al apartado ‘Errores y avisos’ y comprobar dónde está el error para subsanarlo.
Una vez la declaración esté cumplimentada y validada, habrá que presionar el botón ‘Formalizar ingreso/devolución’. En caso de que el resultado sea a ingresar, se podrá domiciliar el pago y si no se domiciliara, se deberá obtener el Número de Referencia Completo (NRC) para, posteriormente, presentar la declaración. Una vez presentada, se puede guardar en formato pdf.
FUENTE: CINCO DÍAS