Se trata de un código que sirve para identificar la actividad profesional que se está desarrollando
Cuando un autónomo se da de alta en Hacienda, su actividad está asociada a un código CNAE. Este código, según detallan desde Getquipu, sirve para identificar el tipo de negocio y la actividad que desarrolla el profesional.
El código CNAE no tiene repercusión fiscal y es útil a nivel estatal para poder emitir estadísticas fiables sobre las actividades que desarrollan las empresas y autónomos en España.
Asimismo, este código también debe figurar en las escrituras de constitución de la sociedad y, en el caso de que la actividad profesional varíe, deberán modificarse las escrituras y dar constancia de ello en el Registro Mercantil.
Actualmente, existen 21 títulos de actividad, que abarcan desde las actividades organizacionales, pasando por las actividades artísticas, la hostelería, hasta la industria manufacturera o la construcción.
Las empresas no son las únicas que deben tener en cuenta su código CNAE. Los autónomos también tienen que conocerlo. Este código es importante para que ellos puedan darse de alta como autónomos. Hasta la fecha, solo es obligatorio estar dado de alta en uno de los epígrafes del CNAE, por lo que en el caso de los autónomos con que se den de alta en su actividad principal, será suficiente.
En la web de la AEAT
Para conocer el código CNAE bastará con acceder a la página web de la Agencia Tributaria. A continuación, habrá que acceder al buscador de iniciativas y después se deberá buscar la actividad profesional que se esté desarrollando.
Una vez se haya localizado la actividad que se desarrolla, se deberá hacer clic en ‘ver detalle’ desde donde se podrá comprobar si la actividad que se ha seleccionado es la que más se ajusta a la actividad que se desarrolla.
En la parte inferior del detalle del código CNAE aparecerá toda la información correspondiente a la actividad y en el apartado ‘correspondencia CNAE’ figurará el código CNAE correspondiente. Este código tendrá validez en todo momento y solo será necesario gestionarlo al inicio de la actividad empresarial. Solo en el caso de que se produzca un cambio en la actividad a desarrollar, habrá que gestionarlo
FUENTE: CINCO DÍAS