Actualmente, parece que las circunstancias están comenzando a cambiar y los bancos vuelven a “abrir el grifo”. Ahora bien, da la impresión de que estos años de crisis económica y financiera no han sido lección suficiente. Después de todo, las entidades financieras siguen representando la abrumadora mayoría de la financiación del entramado empresarial del país.
¿Existen otras opciones de financiación? ¡Por supuesto! En países como los Estados Unidos, casi tres cuartas partes de la financiación privada de negocios no proviene de entidades bancarias. Desde el comparador de productos financieros Busconómico nos presentan las alternativas a la financiación bancaria para empresas y autónomos.
Sociedades de Garantía Recíproca (SGR)
Las Sociedades de Garantía Recíproca, también conocidas como SGR, son entidades jurídicas en régimen de responsabilidad limitada y cuyo propósito no es otro que el de avalar a sus socios cuando estos solicitan algún tipo de préstamo o crédito. Por otra parte, las SGR también desempeñan funciones de asesoramiento económico y financiero para sus socios. Existen dos categorías diferenciadas de socios, en función del papel que asuman:
•Socios partícipes: Son aquellos autónomos o PYMES que desean acceder a los servicios proporcionados por la sociedad.
•Socios protectores: Es decir, aquellos particulares o empresas que aportan el capital social y financian el fondo de garantía.
Por otra parte, para poder convertirse socio de una SGR será necesario:
•Pagar una determinada cuota social, sólo recuperable tras el transcurso de un plazo preestablecido.
•Presentar la documentación acreditativa de la actividad a la que se va a destinar el capital solicitado, y cuanta información sea necesaria para la realización del debido análisis de riesgo.
Finalmente, las SGR están sometidas a una normativa reguladora que establece las siguientes limitaciones:
•Las garantías a un mismo socio partícipe del valor total del fondo no pueden superar el 5%.
•Un mismo acreedor no podrá ser titular de obligaciones por un valor superior al 25% del valor total del fondo.
•Queda totalmente prohibida la concesión recíproca de créditos ente los socios de la SGR.
Préstamos participativos
Los préstamos participativos son una forma de financiación mediante la cual el prestamista del capital asume una parte extra del riesgo. Esto se traduce en que cobrará unos intereses, por lo general, más bajos que los del mercado. Pero, a cambio, participará en los beneficios de la empresa financiada.
Debido a estas circunstancias, los préstamos participativos se caracterizan por lo siguiente:
•Vencen a largo plazo.
•Es posible llevar a cabo una cancelación anticipada, siempre y cuando medio una ampliación de capital equivalente, con el fin de evitar la descapitalización de la empresa.
•Los intereses pagados pueden ser objeto de deducción en la base imponible del Impuesto de Sociedades.
•Tanto las entidades públicas -como por ejemplo ENISA-, como las entidades privadas pueden concederlos.
Por otro lado, existen una serie de requisitos que el prestatario debe reunir para poder solicitar un préstamo participativo:
•Entrar en la categoría de PYME.
•Presentar un documento explicativo del modelo de negocio que incluya un plan de viabilidad, así como la capacidad de gestión del mismo.
•Están excluidos los sectores financiero e inmobiliario, pues se entiende que tienen una naturaleza fundamentalmente especulativa.
•Auditoría de las cuentas de la sociedad.
•Balance del negocio debidamente saneado.
Préstamos ICO
Cada año, el Instituto de Crédito Oficial publica las distintas modalidades de préstamos a las que pueden acceder tanto autónomos, como PYMES, como empresas ya consolidadas y en pleno crecimiento o expansión. Las principales ventajas de estos préstamos son:
•Plazos de amortización considerablemente más largos que en el sector bancario.
•Tipos de interés más reducido que en el sector bancario.
Paradójicamente, es posible solicitarlos no sólo directamente en el ICO, sino también a través de las entidades financieras adscritas al mismo.
Capital Riesgo
Los Fondos de Capital Riesgo están especializados en la inversión en empresas y startups con una estimación de alta rentabilidad futura. Las mayores ventajas de esta alternativa de financiación son que:
•No suponen el endeudamiento de la sociedad
•Incluyen asesoramiento especializado para la gestión del negocio.
Por supuesto, no todo es de color de rosa. El fondo de capital riesgo se convierte en socio del negocio y, en muchos casos, dispone de una gran capacidad decisoria.
Las dos modalidades de financiación a través de un fondo de capital riesgo son:
•Venture Capital: Adquisición de participaciones en la sociedad de forma temporal y, especialmente, durante las etapas de lanzamiento o crecimiento del negocio.
•Private Equity: En este caso, se crea una cartera diversificada con acciones de empresas no cotizadas en bolsa.
Créditos Exprés
Hemos dejado esta alternativa para el final, debido a que es, quizá, la menos recomendable de todas. Con el paso del tiempo, han proliferado entidades que operan a través de Internet ofreciendo financiación en forma de líneas de crédito para empresas o autónomos.
Los límites de la financiación se establecen en función de los ingresos que puedan acreditarse. De hecho, es frecuente la integración con los TPVs o las cuentas de Ebay, Amazon o Prestashop para poder realizar una monitorización de las ventas realizadas con la actividad económica para la que se solicita la financiación.
El mayor problema de estos créditos exprés son los altos intereses a pagar en comparación con las otras alternativas ya explicadas. Por ese motivo, deberían quedar como última opción.
El procedimiento para su solicitud es, no obstante, considerablemente sencillo:
•Se procede a conectar las cuentas bancarias online de nuestro negocio, así como presentar la liquidación trimestral de IVA.
•Se solicita la línea de crédito, la cual será calculada en función de los datos previamente indicados.
Revisa las características de estas alternativas a la financiación bancaria para empresas y autónomos, y escoge la que mejor se adapte a las circunstancias de tu negocio. Recuerda que no debes acogerte a la primera oportunidad que surja. Asegúrate de consultar todas las opciones posibles antes de decidirte por una de ellas.
FUENTE: CINCO DIAS